Para el cálculo de los parámetros del CAPM, nos suscribimos a las reglas de
consistencia propuestas por Damodarán:
I.- La Tasa Libre de Riesgo y el Retorno del Mercado deben calcularse sobre un mismo
horizonte de tiempo; y,
II.- La cifra que se utilice como representación de la Tasa Libre de Riesgo debe ser la
misma que se utilice para calcular la Prima de Riesgo del Mercado.
Nos inclinamos por la utilización de los T-Bills como el instrumento financiero más
representativo de la Tasa Libre de Riesgo. Estos son los instrumentos que mejor reflejan
el rendimiento que podría obtener un inversionista promedio que compra y vende
acciones regularmente. El uso de los T-Bonds podría resultar adecuado para quien
planee efectuar una inversión de largo plazo.
Para el cálculo del Retorno de Mercado consideramos conveniente utilizar el índice
S&P 500, aún cuando se reconocen sus limitaciones, es un índice representativo del
mercado más desarrollado en la actualidad.
El inconveniente para utilizar el MSCI como índice representativo del Retorno del
Mercado es que no se posee un historial suficientemente largo y si se utiliza el
promedio de este índice de los últimos 20 años para determinar el Retorno del Mercado
y el promedio de los últimos 75 años para determinar la Tasa Libre de Riesgo, se estaría
rompiendo el principio de consistencia número I.
Para el cálculo de la Prima de Riesgo de Mercado y la Tasa Libre de Riesgo
recomendados la utilización de un horizonte de evaluación de largo plazo. También
postulamos la utilización de un promedio aritmético, posición respaldada por ROSS,
BREALEY, EHRHARDT y otros.
El cálculo del Beta supone la utilización de un horizonte de evaluación de 2 a 5 años.
Preferimos la utilización de un horizonte de 5 años.
Respecto al intervalo del tiempo sobre el cual calcular los retornos, preferimos la
utilización de un período mensual. Este período lo sostenemos para el cálculo de la
Tasa Libre de Riesgo, del Retorno del Mercado y del Beta. Un período diario puede
resultar excesivamente volátil.
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