En principio serían efectuables aquellas inversiones cuyo índice de rentabilidad
fuera superior a la unidad (IR>1), ya que esto indicaría que lo recuperado por la inversión,
teniendo en cuenta el efecto del paso del tiempo sobre el valor de los capitales, es
superior al desembolso realizado (es decir, que el valor actual del proyecto supera a su
desembolso inicial).
Como puede apreciarse, en este sentido lleva a idénticas conclusiones que el
VAN, dado que si IR > 1, necesariamente VAN > 0, y viceversa.
Por otra parte serían preferibles, de entre varios proyectos alternativos, aquéllos
cuyo valor de la tasa IR fuera superior. En este sentido cabe avisar de una limitación importante
que tiene este criterio, imagine un proyecto con desembolso inicial de 10 euros
y un único flujo de caja cuyo valor actual es de 20 euros, su IR es igual a 2; por otra parte,
un proyecto con un desembolso inicial de 100 euros y un único flujo de caja de 150
euros al día de hoy tiene un IR = 1,5. Según este criterio elegiríamos el primero, mientras
que según el criterio VAN deberíamos escoger el segundo. Otra limitación estriba
en que el IR no indica la rentabilidad por período sino la rentabilidad a lo largo de todo
el horizonte temporal de la inversión lo que complica algo su comprensión.
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