lunes, 7 de mayo de 2012

RÉGIMEN DE EJECUCIÓN ESPECIAL DE HIPOTECAS


A fin de disminuir el riesgo ligado a la demora en la ejecución de las hipotecas, los artículos 52 a 67 de la Ley 24.441 contemplan un régimen especial de ejecución hipotecaria, que muestra algunas semejanzas con el régimen de ejecución de prendas con registro.
Las notas principales de ese régimen especial son las siguientes:
- Prevé una participación más restringida del juez
- Diminuye el número de excepciones que el deudor puede oponer
- Agiliza el procedimiento de desocupación del bien ejecutado
- Admite la subasta directa por el acreedor

No hay comentarios: