viernes, 18 de mayo de 2012

OPCIONES DE COMPRA (CALL OPTIONS)


Punto de vista del comprador
Supongamos que un inversor desea adquirir una acción de Repsol porque piensa que su cotización va a subir, pero por algún motivo no puede, o no quiere, pagar los 27 euros que el mercado le demanda, en este caso podría adquirir una opción de compra (call) sobre la misma.
Al adquirir una opción de compra se podrá beneficiar de un aumento en el precio del activo subyacente sin haberlo comprado. Así que el inversor adquiere una opción de compra sobre una acción de Repsol con un precio de ejercicio de, por ejemplo, 27 euros. El precio de mercado de dicha opción (la prima) en ese
momento es de 1,3 euros.
El poseedor de la opción de compra sobre Repsol (se dice que tiene una posición larga en opciones de compra porque las posee y una posición corta en acciones porque no las tiene) podrá decidir si ejerce o no la opción. Obviamente, la ejercerá cuando la cotización de la acción supere el precio de ejercicio. Por el
contrario, si llegada la fecha de vencimiento de la opción, el precio de ejercicio sigue siendo superior a la cotización (situación out of the money) la opción no será ejercida, debido a que se puede adquirir el activo directamente en el mercado a un precio inferior al de la opción. Si la opción no se ejerce la pérdida máxima será de 1,3 euros.
Los comentarios posteriores se basan sobre el siguiente ejemplo hipotético basado en datos reales: "Supongamos que el precio de una acción de Repsol, en el momento de emitir la opción, es de 27 euros en el mercado de valores madrileño. 
El precio de ejercicio (strike price) de la opción de compra europea elegida es también de 27 euros. El comprador de la opción paga una prima de 1,3 euros. 
La transacción tiene lugar en septiembre y el contrato expira en diciembre."
Resumiendo:
Precio de la acción (S): 27 €
Precio de ejercicio de la opción de compra [X]: 27 €.
Prima [c]: 1,3 €
Vencimiento del contrato: Diciembre
El inversor que adquiere una opción de compra sobre dicho activo adquiere el derecho a adquirirlo a un precio de ejercicio especificado (27 €), pero no tiene la obligación de ejercerlo, en la fecha de vencimiento. Por dicho derecho, él o ella paga una prima (1,3 €)

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