El premio por riesgo soberano surge de la diferencia entre el rendimiento ajustado (stripp) del título argentino
en U$S con un título del gobierno americano con vencimiento equivalente. El premio por riesgo soberano
debe ser sustraído porque refleja el riesgo de crédito y otros riesgos (riesgo país) que no forman parte del
rendimiento libre de riesgo. Finalmente, si es procedente, se realiza el ajuste por Duration teniendo en cuenta
la diferencia de rendimiento entre títulos con características de flujo de caja diferentes.
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