- En el caso de arrendamiento financiero, en el momento del vencimiento de cada cuota y en el pago final del saldo de precio o valor residualdel bien al formalizar la opción de compra.
- En el caso de transmisiones gratuidas, cuando quede perfeccionado el acto o se haya producido el hecho por el cual se transmite el dominio de la cosa o derecho transferido.
- En los demás casos, en el momento en que se genere el derecho o al contraprestación.
Apuntes de Finanzas, administracion financiera Capitales, manejo de Activos y Contabilidad
martes, 8 de septiembre de 2015
Impuesto transacciones - Sujetos pasivos y nacimiento del hecho (III)
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