- En el caso de contratación de obras, en el momento de la aceptación del certificado de obra, parcial o total, o de la percepción parcial o total del precio, o de la facturación, lo que ocurra primero.
- En el caso de prestaciones de servicios u otras prestaciones de cualquier naturaleza, en el momento en que se facture, se termine total o parcialmente la prestación convenida o se perciba al parcial o totalmente el precio convenido, lo que ocurra primero.
- En el de intereses, en el momento de la facturación o liquidación, lo que ocurra primero.
Apuntes de Finanzas, administracion financiera Capitales, manejo de Activos y Contabilidad
lunes, 7 de septiembre de 2015
Impuesto transacciones - Sujetos pasivos y nacimiento del hecho (II)
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