- Matricularse en el Servicio Nacional de Registro de Comercio;
- Inscribir en el mismo Registro todos aquellos actos, contratos y documentos sobre los cuales la Ley exige esta formalidad.
- Comunicar a la autoridad competente, en su caso, la cesación de pagos por las obligaciones contraidas, en los plazos señalados por Ley;
- Llevar contabilidad de sus negocios en la forma señalada por Ley;
- Cumplir con las obligaciones tributarias de la manera prescrita por Ley;
- Conservar sus libros, documentos y demás papeles relacionados con sus negocios por el tiempo que señala la Ley;
- Abstenerse de ejecutar actos que signifiquen competencia desleal, y
- Las demás señaladas por Ley
Apuntes de Finanzas, administracion financiera Capitales, manejo de Activos y Contabilidad
martes, 24 de junio de 2014
Art 25 obligaciones de los comerciantes
Son obligaciones de todo comerciante:
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