martes, 29 de julio de 2014

Letra de cambio Aceptación

Es la declaración mediante la cual una persona natural o jurídica se compromete al pago de una letra de cambio por el importe en ella señalado y en la fecha de su vencimiento.

Aceptar

Es obligarse a pagar efectos comerciales mediante firma estampada enel propio documento. Por lo que el aceptante (girado) es la persona que suscribe, con su firma debajo dela palabra "ACEPTO", quedando formalmente comprometida a pagarlo el valor nominal de la letra de cambio, el formato de la aceptación es como sigue:


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