Apuntes de Finanzas, administracion financiera Capitales, manejo de Activos y Contabilidad
domingo, 31 de agosto de 2014
sábado, 30 de agosto de 2014
Cheque - Termino para la presentación
Los cheques deben presentarse para su pago:
- Dentro de los treinta (30) días corridos a partir de su fecha, si fuera expedidos en el territorio nacional; Pasado este plazo puede ser revalidado por el girador, y a partir de éste tiene vigencia por otros 30 dáis calendario.
- Dentro de tres meses, si fueran expedidos en el exterior para su pago en el territorio nacional.
viernes, 29 de agosto de 2014
Rechazo de cheque por el banco
El girado, el Banco, debe rechazar el pago de un cheque enlos siguientes casos:
- Cuando no hubieran fondos disponibles en la cuenta o no hubiera autorizado expresamente al cuentacorrentista para girar cheques en virtud de la concesión de un crédito.
- Si el cheque estuviera tachado, borrado, interlineado o alterado en cualquiera de sus enunciaciones o si mediara cualquier circunstancia que hicier dudosa su autenticidad.
- Cuando el girador o el beneficiario del cheque notifiquen oportunamente y por escrito al Banco, bajo su responsabilidad, que no se pague el cheque por haber mediado violencia al girarlo, al transmitirlo o por haber sido sustraído o extraviado bajo protesta de cumplir con las formalidades.
- Cuando tuviera conocimiento de la muerte o declaración de incapacidad del girador y el cheque llevase fecha posterior a esos hechos.
- Desde su notificación por autoridad judicial competente o tuviera noticia cierta de la declaración de quiebra, concurso de acreedores o cesación de pagos del girador,
- Que la firma del cheque no coincida con el registro de firmas del Banco.
jueves, 28 de agosto de 2014
miércoles, 27 de agosto de 2014
martes, 26 de agosto de 2014
El Cheque - Modalidades de Giro
El cheque se puede girar:
- Al portador, y
- Nominativa, o sea, a la orden de una persona natural o jurídica.
- Ver formato de un cheque nominativos en la pagina siguiente
- El formato de un cheque al portador, es como sigue:
lunes, 25 de agosto de 2014
Fondos disponibles
El girador debe tener, necesariamente, fondos depositados y disponibles en el Banco girado o haber recibido de éste autorización para girar cheques en virtud de una apertura de crédito, fondos en avance. De acuerdo a disposiciones legales vigentes está prohibido girar cheques en descubierto.
domingo, 24 de agosto de 2014
El Cheque
Es una orden de pago de una determinada suma de dinero a la vista, porque debe ser pagado contra presentación del cheque en cajas del Banco, y que permite al librador (cuentacorrentista) del mismo retirar en su nombre o en el de tercero en orma parcial o total de los fondos depositados en poder del librado (Banco).
sábado, 23 de agosto de 2014
Ejemplo Con Pagare con Garantia Hipotecaria
El 24 de junio de 200x el Sr. Roberto Corso Chávez vende mercaderías al Sr. Alfredo Villazón Rocha por un valor de $us 10.000 según factura No 03450 contra entrega de un pagaré a 90 días fecha, con una tasa de interés del 3% mensual, en caso de mora 7% penal y con garantía hipotecaria de un bien inmueble ubicado enla calle 25 de mayo No E-098
viernes, 22 de agosto de 2014
Ejemplo Pagaré (III)
El 25 de julio de 200x, el Sr. Julio Bracamonte Robles emite un pagaré simple a favor de la Sra. Dolores de Barriga por Bs12.000 por una deuda contraída por préstamo, con vencimiento 25 de octubre de 200x
jueves, 21 de agosto de 2014
Ejemplo Pagaré (II)
El 29 de Junio de 200x el Sr. Ramiro Ergueta Barrancos vende mercaderías al Sr. Gonzalo Barrancos Encinas por Bs 410.000 según fatura No YR9N0009960 contra entrega de un pagaré con vencimiento al 29 de Septiembre de 200x, reconociendo un interés del 16% anual y penal del 7% anual. Garante personal Raúl Torrico Gamarra.
miércoles, 20 de agosto de 2014
Ejemplo Pagaré
El 20 de Octubre de 200x el Sr. Rolando Corso Mendieta vende mercaderías al Sr. Roberto CArillo Caro por Bs. 1.550.950 según factura No 0987 contra entrega de un pagaré con vencimiento al 31 de Diciembre de 200x. Garante personal Ramiro Gurruchaga Arismendi.
Para el llenado del pagaré se procede de la siguiente manera:
Para el llenado del pagaré se procede de la siguiente manera:
- Importe en cantidad de la deuda
- Nombre completo del deudor
- Fecha de vencimiento de la obligación
- Nombre del beneficiario (acreedor)
- Importe en literal
- El % de interés ordinario
- El % de interés penal en caso de mora
- Nombre del garante
- Fecha de emisión del pagaré
- Firma el deudor
- Firma el garante
martes, 19 de agosto de 2014
Pagaré Mixto
ES cuando existe la combinación de las garantías mencionadas, así por ejemplo, el crédito se otorgue con garantía personal y prendaria.
lunes, 18 de agosto de 2014
Pagaré Con garantía hipotecaria
Se presenta este caso cuando existe una garantía hipotecaria como un bien inmueble; en este caso el acreedor puede gestionar el remate del bien para recuperar el valor de crédito si no fue satisfecha la obligación en la fecha de vencimiento.
domingo, 17 de agosto de 2014
Pagaré Con garantía prendaria
Cuando se garantiza la deuda con una prenda que puede ser: Vehículo, Joyas, títulos de propiedad de un inmueble, etc.
sábado, 16 de agosto de 2014
Pagaré Con garantía personal
Cuando existe la garantía de otra persona quien en forma solidaria y mancomunada se compromete a satisfacer la obligación en la fecha de vencimiento en caso del incumplimiento por parte del deudor.
viernes, 15 de agosto de 2014
Pagaré Simple o a sola firma
Cuando el pagaré está firmado solamente por el deudor quien garantiza el cumplimiento de la obligación a la fecha de vencimiento.
jueves, 14 de agosto de 2014
El pagare
El pagaré es una promesa escrita e incondicional de pagar una suma fija o determinable (cuando reconoce interés) de dinero en un momento determinado y firmada pro la personas o las personas que acuerdan efectuar el pago.
Por tanto, es un documento privado de crédito, que en su caso peude ser elevado a instrumento público mediante el reconocimiento de firmas y rúbricas antes o después de la transacción.
A diferencia de la letra de cambio, el pagaré:
Por tanto, es un documento privado de crédito, que en su caso peude ser elevado a instrumento público mediante el reconocimiento de firmas y rúbricas antes o después de la transacción.
A diferencia de la letra de cambio, el pagaré:
- Puede incluir la estipulación de intereses ordinarios y penales
- No puede ser girado a la vista, sino: A días o meses fecha, y A fecha fija.
miércoles, 13 de agosto de 2014
Practica 3 Letra de cambio
El 15 de mayo de 200x, la ferreteria "San Jorge" del Sr. Samuel Argandoña vende mercaderías al Sr. Roberto Paravicini por un valor de $US 25.00 según factura No 024567 contra aceptación de una letra de cambio (No 129/0x) con vencimiento al 15 de Agosto de 200x, letra girada a favor de la Ferreteria "San Jorge".
martes, 12 de agosto de 2014
Practica 2 Letra de cambio
El 10 de Mayo de 200x, la ferreteria "San Miguel" del Sr. Alejandro SAlcedo Flores vende mercaderías al Sr. Eduardo Canelas Zurita por un valor de Bs. 150.000 según factura No 003450 contra aceptación de una letra de cambio (No 236/0x) a 90 días fecha, a favor del Banco Nacional de Bolivia S.A.
lunes, 11 de agosto de 2014
Practica 1 Letra de cambio
Se pide: Emitir las letras de cambio considerando las modalidades de giro, para tal objeto le proporcionaron los siguientes datos:
El 27 de mayo de 200x, la ferreteria "San Miguel" del Sr. Alejandro Salcedo Flores vende mercaderías al Sr.Raúl Avila Olivares por un valor de Bs 300.000 según fatura No 00345765 contra aceptación de una letra de cambio (No 235/0x) a 90 días vista, a favor del Banco Santa Cruz de la Sierra S.A.
El 27 de mayo de 200x, la ferreteria "San Miguel" del Sr. Alejandro Salcedo Flores vende mercaderías al Sr.Raúl Avila Olivares por un valor de Bs 300.000 según fatura No 00345765 contra aceptación de una letra de cambio (No 235/0x) a 90 días vista, a favor del Banco Santa Cruz de la Sierra S.A.
domingo, 10 de agosto de 2014
sábado, 9 de agosto de 2014
Ejemplo Letra de cambio - Análisis para llenar la Letra de Cambio
- Valor de la letra de cambio es de Bs 120.000,00
- Fecha de emisión: 30 de abril de 200x
- Número correlativo 450/00 (significa que se ha girado 450 letras a la fecha)
- Plaz: 90 días vista
- Beneficiario: Pedro Chávez Chávez
- Girado (deudor): Ramiro Caballero M.
- Girador (acreedor): Comercial "Tres Estrellas" representado por su Gerente Sr. Carlos Lafuente Pardo.
viernes, 8 de agosto de 2014
Ejemplo Letra de cambio (I)
El formato de la letra de cambio fue emitido con los siguientes datos:
El 30 de abril de 200x, la empreesa comercial "Tres estrellas" vende mercaderías al Sr. Ramiro Caballero M. Por un valor de Bs 120.000 según factura N° 00765 contra aceptación de una letra de cambio a 90 días vista a favor de Pedro Chávez Chávez.
El 30 de abril de 200x, la empreesa comercial "Tres estrellas" vende mercaderías al Sr. Ramiro Caballero M. Por un valor de Bs 120.000 según factura N° 00765 contra aceptación de una letra de cambio a 90 días vista a favor de Pedro Chávez Chávez.
jueves, 7 de agosto de 2014
El formato de una letra de cambio y su llenado es como sigue:
- VAlor (importe) de la letra de cambio en números
- Fecha de emisión de la letra de cambio
- Número correlativo de letras de cambio que emite la empresa
- Plazo o fecha de vencimiento
- Letra
- Nombre del beneficiario
- Valor de la letra en forma literal
- Recibido
- Se registra el nombre del girado (deudor), su dirección y teléfono
- Firma del girador (acreedor)
- ACEPTO, donde firma el deudor y llena la fecha
- La firma del aval va al dorso de la letra de cambio.
miércoles, 6 de agosto de 2014
Protesto Art. 570° Plazo para el protesto
El protesto por falta de aceptación de una letra deberá efectuarse en los plazos fijados para su presentación o antes de la fecha de vencimiento.
El protesto por falta de pago de una letra pagadera a fecha fija o a días o meses fecha o vista, se efectuará en el curso del tercer día hábil siguiente a la fecha de su vencimiento.
El protesto por falta de pago de una letra pagadera a fecha fija o a días o meses fecha o vista, se efectuará en el curso del tercer día hábil siguiente a la fecha de su vencimiento.
martes, 5 de agosto de 2014
Protesto - Art 569 Objeto
El protesto tiene por objeto establecer, fehacientemente, que una letra fue presentada en tiempo oportuno y que el obligado dejó total o parcialmente de aceptarla o pagarla. Salvo disposición legal expresa, ningún otro acto puede suplir el protesto.
El protesto se practicara con la intervención de unnotario de fe pública y, por su omisión, no hay lugar a la acción ejecutiva, salvo que en la letra se hubiera expresado "sin protesto" o "retorno sin gastos"
El protesto se practicara con la intervención de unnotario de fe pública y, por su omisión, no hay lugar a la acción ejecutiva, salvo que en la letra se hubiera expresado "sin protesto" o "retorno sin gastos"
lunes, 4 de agosto de 2014
domingo, 3 de agosto de 2014
sábado, 2 de agosto de 2014
Aval - Obligación del avalista
Es siempre solidario y el avalista queda obligado en términos que corresponderían formalmente al avalado, y su obligación es válida aun cuando la de este último sea nula por cualquier causa.
viernes, 1 de agosto de 2014
Aval - Forma de hacer constar el aval
El aval debe constar enel anverso de la letra misma o en hoja adherida a ella y se expresará escribiendo "por aval" u otra expresión equivalente, con la firma del avalista. La sola firma puesta en la letra, cuando no sele pueda atribuir otro significado, se entiende por aval.
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